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lunes, 14 de abril de 2014

Informe Rattenbach: Capítulo I, Antecedentes del conflicto


Informe Rattenbach

II Parte - Antecedentes del conflicto

Capítulo I - Situación general

Introducción

S E C R E T O

1. El contenido de este capítulo presenta conocimientos generales sobre el tema, por lo que sólo se mencionarán en él en apretada síntesis aquellos elementos de juicio que han hecho crisis en el reciente conflicto político-militar, referidos a la recuperación de las Islas Malvinas para patrimonio de la Nación, y únicamente se aspira a señalar dentro de él las facetas más importantes que perfilan los derechos argentinos desde la usurpación del Reino Unido en 1833.

2. Asimismo se aplicará un criterio similar para esbozar los conceptos de orden geopolítico y estratégico, los cuales quedarán referidos a lo fundamental.


Ámbito geoestratégico

3. El marco geográfico Atlántico Sur comprende una extensa zona costera de tres continentes (América, África y Antártida), que encierra una de las superficies oceánicas más extensas del mundo.

4. Se comunica al Norte con el Atlántico Norte a través del estrechamiento situado entre la saliente Nordestina del Brasil y la zona del Cabo Blanco en África, al Este con el Océano Índico entre la saliente Sudafricana y las costas de la Princesa Ragnhild en la Antártida, y al Oeste con el Océano Pacífico a través del Pasaje Drake, el canal del Beagle y el Estrecho de Magallanes.

5. Este amplio y vinculante espacio oceánico encierra una cantidad de islas y archipiélagos separados entre sí, a veces por enormes distancias. En su parte Norte se presenta la isla Trinidad, perteneciente al Brasil, y las islas Gough, Tristán da Cunha, Santa Elena y Ascensión, pertenecientes a Gran Bretaña. Al Sudeste, la isla Bouvet de Noruega y, en la parte Sur, se sitúa la región del conflicto que nos ocupa: las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, ocupadas por el Reino Unido y cuya soberanía es reclamada por la República Argentina.

6. La particular situación de los archipiélagos australes mencionados hace que éstos se proyecten fundamentalmente sobre el Pasaje Drake y el Continente Antártico. En ambos aspectos, la posición, clima y conformación de las Islas Malvinas son particularmente importantes, ya que desde sus bases puede ejercerse una efectiva presencia en la comunicación entre los océanos Altántico Sur y Pacífico, y son un adecuado punto de apoyo para las operaciones antárticas por parte de los países que no pertenecen al Cono Sur Americano. De allí su importancia para el Reino Unido o cualquier otra potencia que pretenda ejercer una presencia política o militar en el área.

7. Pero, intrínsecamente, la geografía conforma, por sí misma, sólo el elemento natural en el que se desarrollan los hechos políticos.

Para que aquélla asuma una significación de orden geopolítico, debe estar imbricada por la influencia de la actividad humana.

8. En este aspecto, el valor geo-económico de la región es relativo, ya que la mayor parte de él se refiere a un orden potencial. El recurso más explotado es la pesca, y entre los recursos potenciales no renovables, cabe destacar que la plataforma epicontinental argentina, en la cual se hallan basadas las Islas Malvinas, es rica en nódulos de manganeso, hierro, níquel, cobalto, silicio ferroso y cromo. Pero los que adhieren particular significación son los probables recursos de hidrocarburos, especialmente los de la Cuenca Marina Austral y la denominada Malvinas Norte, con reservas que pueden llegar a ser más importantes que los depósitos del Mar del Norte.

9. La importancia del Atlántico Sur desde el punto de vista estratégico no se deriva de los recursos renovables o no renovables, reales o potenciales que pudiere ofrecer, sino que ella proviene de su tráfico marítimo, ya que más de 200.000 barcos surcan sus aguas por año, enarbolando banderas de numerosos países, pero particularmente de Europa Occidental.

10. Dentro de este tráfico marítimo, hay uno de especial relevancia estratégica: el transporte de crudo. Aproximadamente el 80% del petróleo que abastece a Europa occidental desde el Golfo Pérsico y el 40% de las importaciones de los EE.UU. recorren las aguas del Atlántico Sur por la vía de la Ciudad del Cabo, en búsqueda de los puertos del Hemisferio Norte.

11. De este tráfico mencionado, sólo una pequeña parte lo hace por la ruta del Pasaje Drake y la región del conflicto austral. Pero, teniendo en cuenta que la totalidad del tráfico marítimo de nuestro país debe necesariamente cruzar las aguas del Atlántico Sur, en su ruta a puertos de ultramar, donde se colocan nuestras exportaciones y se obtienen los insumos básicos para la industria nacional, puede afirmarse que el control de esas vías de comunicación asume un rol vital para la Nación.

12. Al respecto, el control de los pasos interoceánicos del Cono Sur puede llegar a asumir una importancia significativa en caso de un conflicto regional o mundial que pudiese afectar al Canal de Panamá, vía de comunicación marítima vital entre el Pacífico y el Atlántico, cuyo tráfico se vería así derivado al Estrecho de Magallanes, el Canal de Beagle y, particularmente, el Pasaje Drake.

13. La presencia de una potencia ajena a la región, ocupando política y militarmente los archipiélagos australes motivo del conflicto del Atlántico Sur, junto a su actitud agresiva que lesiona las aspiraciones de la República Argentina sobre esos territorios, adquiere, de esta forma, una proyección de enorme trascendencia sobre objetivos permanentes de la Nación, cercena su integridad territorial, condiciona sus vías esenciales de comunicación y estratégicamente el equilibrio de poder en el Cono Sur del Continente.


Antecedentes históricos

14. Los derechos argentinos sobre los archipiélagos australes se derivan no sólo de razones geográficas y geomorfológicas, por pertenecer las islas al Continente Americano y hallarse basadas en la plataforma epicontinental argentina, sino que, además, se apoyan en razones de orden histórico: las islas formaron parte del Virreinato del Río de la Plata y, como tal, son el legado histórico de España a la República Argentina, la cual por otra parte a partir del año 1820 hace efectivo el control político de las Islas Malvinas, junto con otros territorios insulares en el Atlántico Sur.

15. Tampoco puede ser discutida la legitimidad de los derechos de España sobre estos territorios, obtenida a través de sucesivos conflictos con el Reino Unido y los consecuentes tratados de paz que los epilogaron, lográndose así el reconocimiento expreso de los derechos soberanos de la Madre Patria sobre las islas, origen y raíz de la soberanía histórica de la República Argentina sobre ellas.

16. Pero Gran Bretaña, en búsqueda de los mismos objetivos que la llevaron en los años 1806 y 1807 a tratar de tomar por la fuerza la ciudad de Buenos Aires, el 3 de Enero de 1833 ocupó ilegítimamente las islas, desalojó al gobierno y a la población argentinos y ejerció ininterrumpidamente su dominio por casi 150 años. Cabe acotar que esos objetivos políticos llevaron al Reino Unido a consolidar su imperio colonial en el siglo pasado al margen de la ley internacional ocupando por la fuerza los territorios que consideraba de utilidad a su metrópoli.

17. Los restantes antecedentes históricos se omiten, en bien de la brevedad y de la abundante bibliografía existente al respecto y a efectos de abordar los aspectos esenciales que nutren el origen, desarrollo, epílogo, consecuencias y responsabilidades del conflicto, cuyo análisis constituye el deber de esta Comisión.

18. El proceso de reclamaciones diplomáticas argentinas a través de la historia, se inicia a los 12 días de la usurpación británica del año 1833; es decir, no bien se tuvo conocimiento en Buenos Aires del atropello.

19. Planteadas tales circunstancias, la Argentina emprendería, generación tras generación, un largo sendero de tramitaciones diplomáticas llenas de fundamentos, firmes pero pacíficas, en forma periódica y constantemente reiterada, sin ningún atisbo de ver coronados sus legítimos derechos.

20. Al constituirse la Organización de las Naciones Unidas en el año 1945, se abre para nuestro país otra opción, en función de las nuevas pautas del derecho internacional público, fundamentalmente al aprobarse la Resolución 1514 (1), donde se expresa la necesidad de descolonizar el mundo, mejorando así las relaciones entre los hombres y los pueblos.

21. Pero sería recién a partir de la Resolución 2065 (2), donde las negociaciones entre la República Argentina y el Reino Unido habrían de tener un vuelco fundamental.

22. En conclusión, la situación conflictiva presenta dos hechos fundamentales:

a. El Reino Unido ocupó por la fuerza en 1833 un territorio perteneciente a la República Argentina. Esto es históricamente irreversible.

b. Desde entonces a despecho de cuanta negociación se haya realizado Gran Bretaña ocupa las islas por la fuerza y pretende seguir haciéndolo.

1.Resolución 1514 (XV) Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales. Resolución aprobada sin remisión previa a una Comisión. Decimoquinto Período de Sesiones de la Asamblea General, 14-DIC-60. 2.Resolución 2065 (XX) Cuestión de las Islas Malvinas (Falkland). Resolución aprobada por la Asamblea General sobre la base del informe de la Cuarta Comisión (A/6160). Vigésimo Período de Sesiones de la Asamblea General, tema 23 del Programa, 16-DIC-65.

CESCEM Corrientes


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